Tras la prohibición de la Unión Europea de la recopilación de datos biométricos en el lugar de trabajo como sistema de fichaje, las empresas españolas se han visto en la necesidad de buscar alternativas tecnológicas para el registro de la jornada laboral que se ajusten a las nuevas directrices de la UE. Una de las soluciones más empleadas ha sido la implementación de sistemas basados en tarjetas inteligentes o códigos QR, que permiten a los empleados registrar su entrada y salida de forma segura y sin necesidad de recopilar datos biométricos.
Esta ha sido la principal alternativa por la que ha apostado siempre Lomaxim ofreciendo a las empresas del sector retail un sistema de fichaje basado en tarjetas con códigos de barras, eficaz y legal adaptado a la normativa europea. Todo esto se gestiona a través de una plataforma de trabajo que permite cruzar estos datos con los horarios planificados, por lo que la funcionalidad de esta herramienta es mucho más completa que un simple sistema de fichaje o control de accesos.
Ante la prohibición de la UE, la transición de las empresas hacia estos nuevos métodos no ha estado exenta de desafíos. La mayoría ha tenido que invertir en la adquisición e instalación de tecnología compatible, así como en la capacitación del personal para su uso adecuado. Además, se ha requerido una revisión y actualización de las políticas de privacidad y seguridad de datos para garantizar el cumplimiento normativo. Frente a esto, Lomaxim ofrece un sistema sencillo en su uso e implementación, efectivo y mucho más completo de lo que supone un sistema de fichaje convencional. Además permite a las empresas optimizar la gestión del tiempo de sus empleados sin comprometer la privacidad ni la seguridad de los datos
Como norma general, España ha respondido de manera efectiva a la prohibición de la recopilación de datos biométricos en el ámbito laboral por parte de la Unión Europea, adoptando sistemas de fichaje alternativos que cumplen con las regulaciones vigentes. Esta adaptación ha implicado la incorporación de tecnologías innovadoras y la redefinición de políticas empresariales para garantizar el respeto a la privacidad de los trabajadores sin comprometer la gestión eficiente del tiempo laboral.
Las empresas que incumplen la normativa de la UE sobre la no recogida de datos biométricos de los trabajadores pueden enfrentar una variedad de sanciones, que van desde multas económicas hasta medidas correctivas obligatorias y daños en la reputación:
- Multas Económicas: Las autoridades de protección de datos pueden imponer multas económicas significativas a las empresas que violen las regulaciones de la UE. Estas multas pueden ser proporcionales a la gravedad de la infracción y al tamaño de la empresa.
- Prohibición de Tratamiento de Datos: En casos graves de incumplimiento, las autoridades pueden imponer una prohibición temporal o permanente de tratar datos personales, lo que podría tener graves repercusiones en las operaciones comerciales de la empresa.
- Medidas Correctivas Obligatorias: Además de las multas, las autoridades pueden ordenar a las empresas que tomen medidas correctivas para garantizar el cumplimiento futuro de la normativa, como la implementación de medidas de seguridad adicionales o la modificación de sus prácticas de recopilación de datos.
- Daños y Perjuicios: Las empresas también pueden enfrentar demandas civiles por daños y perjuicios presentadas por los trabajadores cuyos derechos de privacidad hayan sido violados como resultado del incumplimiento de la normativa de la UE.
- Publicidad Negativa: Además de las sanciones financieras y legales, el incumplimiento de las regulaciones de privacidad de la UE puede dañar la reputación de la empresa, lo que puede tener efectos negativos a largo plazo en la relación con los clientes y socios comerciales.
Es fundamental para las empresas cumplir con estas regulaciones para evitar consecuencias adversas y proteger la privacidad de sus empleados